En MDA contamos con proyectos en los cuales puedes comprar mediante tu subsidio habitacional DS01 o por postulación automática DS19.
Los subsidios permiten a familias de diferentes realidades socioeconómicas con capacidad de ahorro, a obtener su primera vivienda con apoyo del
Estado, dándoles la posibilidad de acceder a proyectos en barrios que se encuentran bien localizados y cercanos a servicios, que cumplen con
estándares de calidad en cuanto a equipamiento, diseño y áreas verdes.
Infórmate a continuación sobre los precios de las viviendas y el monto máximo de subsidio base que puedes optar de acuerdo a tu Registro Social de Hogares.
Es un subsidio habitacional que se le otorga a personas y consiste en un aporte económico por parte del Estado a personas con capacidad de ahorro,
los cuáles se dividen en 3 tipos de acuerdo a la realidad socioeconómica de cada familia:
*El valor máximo del subsidio que pueden obtener las familias varía según la zona geográfica donde se espera aplicar este aporte del Estado. Estos valores rigen para comprar en proyectos DS01.
**El Registro Social de Hogares es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de un conjunto amplio de subsidios y programas sociales.
IMPORTANTE: Al aplicar tu subsidio DS01 en proyectos DS19 los valores se homologan, puedes revisarlos en el cuadro siguiente. (Ver cuadro)
Si ya tienes tu subsidio DS01 ganado, ven y aplícalo en nuestros proyectos. Si aún no tienes tu subsidio habitacional DS01, nosotros te
asesoramos para que puedas postular y al ganar* comprar en nuestros proyectos.
*Será el Estado quien decidirá finalmente si ganas tu subsidio, nosotros como inmobiliaria nos comprometemos a asesorarte de la mejor manera posible durante este proceso, pero otorgar el subsidio no depende de nosotros.
Es parte del programa de Integración Social y Territorial liderado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). Se conceden a proyectos, para lo cual, las inmobiliarias deben postularlos y es el Estado quien los evalúa y otorga según su programa, ubicación y diseño.
Los proyectos que están asociados al Decreto DS19, permiten que las familias que han ganado el subsidio (DS49 y los DS01) para comprar una vivienda, lo pueden aplicar en estos proyectos habitacionales, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio.
De igual forma, las familias o personas que no tienen un subsidio habitacional también pueden acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación. Además, facilita a personas que no pueden acceder a subsidios del DS01 puedan postular a una vivienda con beneficios únicos.
*Subsidios adicionales propios del DS19
*El subsidio no cubre costos operacionales como gastos notariales, estudio de títulos, etc.
Mayores montos de subsidios (Exclusivo de DS19).
Subsidio para pagar la prima del seguro de desempleo (por todo el período del crédito). Complementa el monto necesario para cubrir al menos 6 meses de pago de dividendo.
Seguro de remate: Cubre 100% para viviendas de hasta UF 1.400.
Rebaja por cada dividendo que se pague al día, según el monto de crédito inicial (Subvención mensual al dividendo por pago oportuno)*. *Aplica para créditos de hasta UF 1.200.
Incentivo para que a las entidades que otorgan Créditos Hipotecarios les resulte más atractivo dárselos a beneficiarios de subsidios (Ajuste al subsidio de originación). Cubre créditos de hasta UF 700.
Nosotros te asesoramos para postular a tu subsidio, sin costo,
para que puedas comprar en nuestros proyectos.
No aumentar deudas antes de firmar la escritura. Ej: Crédito, créditos de consumo o avances, tarjetas de casas comerciales.
No adquirir propiedades habitacionales, terrenos o herencias (ninguno de los declarados en núcleo) hasta que la firma de la escritura de compraventa esté inscrita en el conservador de bienes raíces (4 meses aprox. después de firmar).
No adquirir propiedades habitacionales, terrenos o herencias (ninguno de los declarados en núcleo) hasta que la firma de la escritura de compraventa esté inscrita en conservador de bienes raíces. (4 meses aprox. después de firmar).
No realizar cambios en el núcleo familiar declarado ni cambiar estado civil.
Si cumples con todas las condiciones
*RECUERDA QUE EN PROYECTOS CON SUBSIDIO DS19 PUEDES APLICAR TU SUBSIDIO DS01